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5 de Octubre de 1793

 SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE LA ERA REPUBLICANA

 
ARTÍCULO PRIMERO

La era de los Franceses rige desde la fundación de la República, que tuvo lugar el 22 de setiembre de 1792 de la era vulgar, día en el cual el sol llegó al equinoccio verdadero de otoño, entrando en el signo de la Libra a las 9 horas 18 minutos 30 segundos de la mañana, para el observatorio de París.

II. La era vulgar está abolida para los usos civiles.

III. El comienzo de cada año está fijado a la medianoche, empezando en el día en que cae el equinoccio verdadero de otoño para el observatorio de París.

IV. El primer año de la República francesa empezó a la medianoche del 22 de setiembre de 1792, y terminó a la medianoche, separando el 21 del 22 de setiembre de 1793.

V. El segundo año empezó el 22 de setiembre de 1793 a la medianoche, el equinoccio verdadero de otoño habiendo ocurrido, para el observatorio de París, a las 3 horas 7 minutos 19 segundos de la tarde.

VI. El decreto que fijaba el comienzo del segundo año al 1º de enero de 1793 está anulado. Todas las actas fechadas del año 2 de la república, pasados en el periodo del 1º de enero al 22 de setiembre exclusivamente, quedan como perteneciendo al primer año de la república.

VII. El año está dividido en doce meses iguales de treinta días cada uno, después de los cuales vienen cinco días para completar el año ordinario, y que no pertenecen a ningún mes; son llamados días complementarios.

VIII. Cada mes está dividido en tres partes iguales de diez días cada una, y que son llamadas décadas, distinguidas entre si por primera, segunda y tercera.

IX. Los meses, los días de la década, los días complementarios, son designados por las denominaciones primero, segundo, tercero, etc. mes del año; primero, segundo, tercero, etc. día de la década; primero, segundo, tercero, etc. día complementario.

X. En recuerdo de la revolución que, después de cuatro años, llevó a Francia al Gobierno republicano, el periodo bisiestro de cuatro años es llamado la Franciade.
El día suplementario que debe terminar este periodo se llama Fête de la Revolución. Ese día se encuentra después de los cinco días complementarios.
XI. El día, de medianoche a medianoche, está dividido en diez partes; cada parte en diez otras, así sucesivamente hasta la más pequeña porción medible de la duración. Este artículo será válido para las actas públicas únicamente a partir del 1º del primer mes del tercer año de la república.

XII. El comité de instrucción pública está encargado de mandar imprimir en distintos formatos el nuevo calendario, con una instrucción simple para explicar sus principios y usos más familiares.

XIII. El nuevo calendario así como la instrucción serán mandados a los cuerpos administrativos, a lo municipios, a los tribunales, a los jueces de paz y a todos los oficiales públicos, a los maestros y profesores, a los ejércitos y a las sociedades populares. El consejo ejecutivo provisorio lo dirigirá a los ministros, cónsules y otros agentes de Francia en los países extranjeros.

XIV. Todas las actas públicas están fechadas según la nueva organización del año.

XV. Los profesores, los maestros y maestras, los padres y madres de familia, y todos aquellos que dirigen la educación de los niños de la república, se encargarán rápidamente de explicarles el nuevo calendario, conforme a la instrucción adjunta.

XVI. Cada cuatro años, o todas las Franciades, en el día de la Revolución, serán llevados a cabo juegos republicanos en memoria de la revolución francesa.